¿Qué consecuencias puede tener una denuncia de peculado cuando no es cierto?

Buenos días, como usted debe conocer todos los servidores públicos se constituyen como Fedatarios que deben revisar el cumplimiento de la normativa en cada una de las etapas en este caso de contratación pública, al efecto Usted debe justificar que para el pago se encuentre anexa toda la documentación que el caso amerita, desde la Resolución de Inicio y especificaciones hasta las correspondientes Actas de Entrega Recepción. Si de esto se desprende que se han omitido solemnidades, es la Contraloría quien debió establecer el tipo de falta por cada uno de los funcionarios, esto es desde el Gerente hasta la parte financiera. Corresponde en este caso, recabar toda la inforamción relativa al Proceso de Contratacion y desvirtuar de ésta manera cualquier tipo de involucramiento en el delito denunciado por parte de Contraloría. Usted debe recabar toda la información, lo cual puede revisar a través del portal de compras públicas y toda la documentación adicional que crea conveniente, ya sea de los archivos institucionales o cualquier otra más.

1. No esta claro que dice el informe de la Contraloria, que es el principal antecedente para determinar este tipo de Delito
2.- Si usted cumplió con el procedimiento determinado en la adquisición del bien, no tienen porque implicarle en este delito, puesto que el elemento que descubre a los autores es el dolo. Y en el presente caso, haber recibido dinero u otros beneficios en perjuicio de la institución pública. Solo ha rendido su versión, la fiscalía tiene que examinar objetivamente su rol objetivo y deber de cuidado, para poder vincularlo a la instrucción.
3.- hay que revisar el expediente