Ya pagué la deuda que tenía y todavía consta en el central de riesgos ¿cómo le doy de baja?

En la central de riesgos me dicen que tengo que esperar 2 años a pesar de que la deuda esté pagada y necesito en este momento un crédito, pero no puedo porque me dijeron que espere 2 años. ¿Es verdad esto?

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Marco Costa

Abogado de Esmeraldas

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Si efectivamente se debe esperar este plazo siempre y cuando el crédito se lo vaya a efectuar con instituciones particulares, De conformidad a lo dispesto en el artículo innumerado de la Ley ORGANICA DEROGATORIA A LA LEY DE BUROS DE INFORMACION CREDITICIA, que establece: "La información del Registro Crediticio que se obtenga de las fuentes de información crediticia y que mantenga la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos tendrá por exclusiva finalidad el ser destinada a la prestación del servicio de referencias crediticias.

La información histórica crediticia estará a disposición del Titular de la Información Crediticia y de quien éste autorice, así como de las Superintendencias con la finalidad de cumplir sus obligaciones de control.

Los reportes de información crediticia que se generen requeridos o autorizados por los Usuarios de la Información Crediticia, harán referencia únicamente a las operaciones vigentes, vencidas o canceladas de los 3 años anteriores a la fecha en que tales reportes se emitan y solamente podrán reportar obligaciones contraídas directamente por el titular de la información crediticia en calidad de deudor principal y los saldos vigentes de aquellas en las que éste hubiera otorgado garantía a favor de otra u otras personas naturales y jurídicas.

Los reportes de información crediticia en ningún caso podrán incluir información referente a terceras personas que hubieren otorgado una garantía a favor de la persona sobre la cual se realiza el reporte.

Estos reportes serán informativos y no son vinculantes para ninguna institución pública o privada.

Estos reportes excluirán la referencia de valores inferiores a 0.15 veces de un salario básico unificado para los trabajadores del sector privado."

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Consultoria Jurica Tagua,Moreno, Rojas Asociados

Abogado de Riobamba

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Señor usuario, Si ya ha pagado su deuda en cualquier entidad bancaria o centro comercial debería a cercarse con él con la última carta de pago, un día lunes en la mañana a la entidad bancaria o centro comercial, cooperativas de ahorro y crédito para que ellos mismo enbien a la central de riesgo sus datos indicando que todo el dinero de deuda a sido cancelado, espere 3 días y usted estará fuera de la Central de Riesgo, y así se ahorra de pagar un Abogado.Att. Ab.Asociados.

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